Condiciones generales
Índice:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del operador
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del cliente en caso de desistimiento
Artículo 8 - Clientes particulares que ejercen su derecho de desistimiento y costes que conlleva
Artículo 9 - Obligaciones del operador en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y aplicación
Artículo 14 - Transacciones de duración ampliada: duración, rescisión y prolongación
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 - Litigios
Artículo 18 - Estipulaciones adicionales o diferentes
Artículo 1 - Definiciones
En las presentes condiciones generales se aplican las siguientes definiciones:
1. Acuerdo complementario: todo aquel contrato mediante el cual un cliente particular obtenga productos, contenido digital o servicios por medio de un contrato a distancia, y por el cual un operador o tercera parte suministre dichos productos, contenido digital o servicios de conformidad con un acuerdo entre dicha tercera parte y el operador;
2. Período de desistimiento: el período durante el cual un cliente puede ejercer su derecho de desistimiento;
3. Cliente particular: una persona física cuyas acciones no tienen por objeto fines relacionados con el desarrollo de una actividad empresarial, profesión o negocio;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
6. Transacción de duración ampliada: contrato a distancia referente a una serie de productos o servicios, en virtud del cual la obligación de suministrar o adquirir se prolonga durante un período de tiempo;
7. Soporte duradero: cualquier medio, incluido el correo electrónico, mediante el cual un cliente particular u operador pueda guardar información dirigida a él personalmente con objeto de facilitar su uso o consulta futuros durante un período acorde con el objetivo al que está destinada dicha información y que facilite la reproducción sin variaciones de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: la posibilidad que tiene un cliente particular de renunciar a un contrato a distancia dentro del período de desistimiento;
9. Operador: persona física o jurídica que ofrece productos, (acceso a) contenido digital o servicios a clientes particulares a distancia;
10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre un operador y un cliente particular en el contexto de un sistema organizado para la venta a distancia de productos, contenido digital o servicios, en el que se hace uso exclusiva o parcialmente de una o más técnicas de comunicación a distancia hasta el momento de celebrar el contrato;
11. Modelo de formulario para el derecho de desistimiento: el modelo europeo de formulario para el derecho de desistimiento incluido en el Apéndice I de las presentes condiciones. El operador no tiene la obligación de proporcionar el Apéndice I si al cliente particular no le asiste el derecho de desistimiento en relación con su pedido;
12. Técnica para la comunicación a distancia: medios que pueden ser empleados para la comunicación en relación con la oferta realizada por el operador y la celebración de un contrato, sin necesidad de que el cliente particular y el operador se encuentren en el mismo lugar simultáneamente.
Artículo 2 - Identidad del operador
Nombre del operador: Samsungselfrepair.shop, marca de 2Service B.V.
Dirección registrada: Santkamp 5, 6836BE, Arnhem, Países Bajos
Número de teléfono: +31 (0)88 1009 676 (días laborables de 09:00 a 17:00 CET)
Dirección de correo electrónico: info@samsungselfrepair.shop
Número de la cámara de comercio: Cámara de Comercio de Arnhem 66471249
CIF: NL856568399B01
En caso de que la actividad del operador esté sujeta a un sistema relevante de concesión de licencias: los datos de la autoridad de supervisión.
En caso de que el operador ejerza una profesión regulada:
- la asociación u organización profesional a la que está afiliado;
- el título profesional, la ciudad de la UE o del EEE en el que se le concedió;
- una referencia a las normas profesionales aplicables en los Países Bajos, así como instrucciones sobre dónde y cómo se pueden consultar dichas normas profesionales.
Artículo 3 - Aplicabilidad
1. Las presentes condiciones generales son aplicables a todas las ofertas realizadas por un operador y a cualquier contrato a distancia celebrado entre un operador y un cliente particular.
2. El texto de las presentes condiciones generales deberá ponerse a disposición del cliente particular antes de celebrar un contrato a distancia. Si no es posible hacerlo por un motivo razonable, el operador, antes de celebrar dicho contrato, deberá indicar de qué modo se puede acceder a las condiciones generales para su consulta en las instalaciones del operador, así como que se le harán llegar al cliente particular de manera gratuita, lo antes posible, si este así lo solicita.
3. De celebrarse electrónicamente el contrato a distancia, contrario a lo dispuesto en el párrafo anterior, y antes de celebrar el contrato a distancia, se deberá facilitar al cliente particular el texto de las condiciones generales por vía electrónica, de modo que el cliente particular pueda guardarlas fácilmente en un soporte de datos duradero. Si no es posible hacerlo por un motivo razonable, el operador, antes de celebrar el contrato a distancia, deberá indicar dónde se pueden consultar las condiciones generales electrónicamente, así como que se le harán llegar al cliente particular de manera gratuita, si este así lo solicita, ya sea por un medio electrónico o de otro modo.
4. En aquellos casos en los que sean de aplicación condiciones específicas para productos o servicios, los apartados segundo y tercero se aplicarán por analogía y el cliente particular podrá invocar en todo momento la condición aplicable que le resulte más favorable en caso de que las condiciones generales sean incompatibles.
Artículo 4 - La oferta
1. Si una oferta está sujeta a un período limitado de validez o a determinadas condiciones, se deberá mencionar de manera explícita en la oferta.
2. La oferta incluye una descripción completa y precisa de los productos, el contenido digital o los servicios que se ofrecen. La descripción es lo suficientemente detallada para que el cliente particular pueda valorarla convenientemente. Si el operador emplea ilustraciones, estas deberán representar fielmente los productos o servicios ofrecidos. El operador no quedará obligado por errores evidentes incluidos en la oferta.
3. Todas las ofertas deben incluir información que especifique claramente al cliente particular los derechos y las obligaciones referentes a la aceptación de dicha oferta.
Artículo 5 - El contrato
1. El contrato se celebrará con arreglo a lo estipulado en el apartado 4, cuando el cliente particular acepte la oferta y se hayan cumplido las condiciones recogidas en la misma.
2. Si el cliente particular ha aceptado la oferta electrónicamente, el operador deberá confirmar de inmediato la recepción y aceptación de la oferta, también por vía electrónica. El cliente particular puede rescindir el contrato mientras el operador no haya confirmado su aceptación.
3. Si el contrato se celebra electrónicamente, el operador deberá adoptar las medidas técnicas y de organización adecuadas para garantizar una transferencia electrónica segura de los datos y propiciará un entorno web seguro. Si se ofrece la opción al cliente particular de pagar electrónicamente, el operador deberá adoptar las medidas de seguridad oportunas.
4. El operador puede obtener información, dentro del marco legal, acerca de la capacidad del cliente particular para cumplir sus obligaciones de pago, además de cuestiones y factores importantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si esta información ofrece razones adecuadas al operador para desistir de firmar el contrato, tendrá derecho fundado a rechazar un pedido o una solicitud, o a hacer que su ejecución esté sujeta a condiciones especiales.
5. El operador deberá enviar a un cliente particular, a más tardar al suministrarle un producto, servicio o contenido digital, la siguiente información, por escrito o de tal modo que el cliente particular pueda conservarla en un soporte duradero y accesible:
a. la dirección de la sede social del operador ante la cual el cliente particular puede interponer reclamaciones;
b. las condiciones con arreglo a las cuales el cliente particular puede ejercer el derecho de desistimiento, así como el método para hacerlo, o una declaración clara en relación con la exclusión del derecho de desistimiento;
c. información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
d. el precio, incluidos todos los impuestos sobre el producto, servicio o contenido digital; los costes de envío si procede, así como la forma de pago, la entrega o la ejecución del contrato a distancia;
e. las condiciones para rescindir el contrato, en caso de que la duración de este sea superior a un año o indefinida;
f. si el cliente particular tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario para el derecho de desistimiento.
6. En caso de contrato de duración ampliada, lo estipulado en el párrafo anterior será aplicable únicamente a la primera entrega.
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Tras la entrega de los productos
1. A la hora de adquirir productos, un cliente particular tiene derecho a rescindir un contrato sin justificación durante un período de al menos 14 días. El operador puede preguntar al cliente particular el motivo de la rescisión, pero este último no tiene obligación alguna de revelarlo.
2. El período mencionado en el apdo. 1 comenzará al día siguiente de que reciba el producto el cliente particular, o una tercera parte designada por el cliente, que no sea la empresa de transporte, o:
a. En caso de que el cliente particular haya solicitado varios productos: el día en que el cliente particular, o una tercera parte designada por el cliente particular, reciba el último de ellos. El operador puede rechazar un único pedido para diversos productos con distintas fechas de entrega, siempre y cuando haya informado claramente de ello al cliente particular antes del proceso de pedido.
b. Si el envío de un producto implica varias entregas o piezas: el día en que el cliente particular, o una tercera parte designada por el cliente particular reciba el último envío o la última pieza;
c. en caso de contratos para la entrega periódica de productos durante un período concreto: el día en que el cliente particular, o una tercera parte designada por el cliente particular reciba el último producto.
Tras la entrega de servicios y contenido digital a través de un medio no físico:
3. El cliente particular tiene derecho a rescindir un contrato sin justificación para el suministro de contenido digital no suministrado a través de un medio físico durante un período de catorce días, como mínimo. El operador puede preguntar al cliente particular el motivo de la rescisión, pero este último no tiene obligación alguna de revelarlo.
4. El período mencionado en el apdo. 3 comenzará al día siguiente de la celebración del contrato.
Período ampliado de desistimiento para productos, servicios y contenido digital no suministrados mediante un medio físico en caso de que no se informara al cliente particular acerca de su derecho de desistimiento:
5. Si el operador no facilitó al cliente particular la información que requiere la ley acerca del derecho de desistimiento, o si no le proporcionó el modelo de formulario, el período de desistimiento concluirá doce meses después de la terminación del período de desistimiento estipulado originalmente, con arreglo a los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el operador facilitó al cliente particular la información a la que se hace referencia en el apartado anterior en los doce meses siguientes a que se iniciara el período de desistimiento original, el período de desistimiento concluirá 14 días después de la fecha en que el cliente particular recibiera la información.
Artículo 7 - Obligaciones del cliente particular durante el período de desistimiento
1. Durante el período de desistimiento, el cliente particular deberá tratar con cuidado el producto y su embalaje. Únicamente deberá desembalar o utilizar el producto en la medida que sea necesario para valorar la naturaleza, las propiedades y la eficacia del mismo. Se parte de la premisa de que el cliente particular solo puede manipular e inspeccionar el producto como podría hacerlo en una tienda.
2. El cliente particular solamente será responsable de la devaluación del producto si esta es consecuencia de manipularlo de un modo distinto al permitido en el apdo. 1.
3. El cliente particular no será responsable de la devaluación del producto si el operador no le ha facilitado toda la información exigida por ley acerca del derecho de desistimiento antes de celebrar el contrato.
Artículo 8 - Clientes particulares que ejercen su derecho de desistimiento y costes que conlleva
1. Si un cliente particular desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al operador dentro del período de desistimiento utilizando el modelo de formulario para el derecho de desistimiento o de otra forma que resulte inequívoca.
2. El cliente particular deberá devolver el producto o entregarlo al (un representante del) operador lo antes posible, pero en ningún caso más tarde de 14 días a contar desde la fecha de notificación mencionada en el apdo. 1. No será necesario si el operador se ofrece a recoger el producto por su cuenta. Sea como fuere, el cliente particular cumplirá con el período de devolución de los productos si los envía antes de que haya concluido el período de desistimiento.
3. El cliente particular debe devolver el producto con todos los accesorios relevantes, en su estado y su embalaje originales, a ser posible, y conforme a las instrucciones razonables y claras que le facilite el operador.
4. El riesgo y la carga de la prueba a la hora de ejercer el derecho de desistimiento correcta y puntualmente recaen en el cliente particular.
5. El cliente particular correrá con los gastos directos derivados de la devolución del producto. Si el operador no ha informado al cliente particular de que debe correr con los gastos, o si se muestra dispuesto a hacerse cargo de ellos, el cliente particular no tendrá que asumirlos.
6. Si el cliente particular ejerce su derecho de desistimiento tras haber solicitado previamente y de manera explícita que el servicio prestado o el suministro de gas, agua o electricidad no preparados para la venta se lleven a cabo en un volumen limitado o en una cantidad concreta durante el período de desistimiento, el cliente particular adeudará al operador una cantidad de dinero equivalente a la parte del contrato que este haya cumplido hasta la fecha de desistimiento, en proporción al cumplimiento íntegro del contrato.
7. El cliente particular no tendrá que asumir los costes de prestación de servicios o de suministro de agua, gas o electricidad no preparados para la venta, en un volumen o cantidad limitados, o de calefacción central urbana, si:
a. el operador no ofreció al cliente particular la información que exige la ley acerca del derecho de desistimiento, los costes que se deben afrontar en caso de desistimiento o el modelo de formulario para el derecho de desistimiento, o:
b. el cliente particular no preguntó de manera explícita acerca del inicio de la prestación del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción central urbana durante el período de desistimiento.
8. El cliente particular no tendrá que correr con los gastos por el suministro íntegro o parcial de contenido digital no suministrado en un medio físico si:
a. no aceptó expresamente antes de su entrega iniciar la ejecución del contrato antes de la conclusión del período de desistimiento;
b. no admitió haber perdido su derecho de desistimiento al conceder su autorización; o
c. el operador no confirmó esta declaración realizada por el cliente particular.
9. Si un cliente particular ejerce su derecho de desistimiento, quedarán legalmente anulados todos los acuerdos complementarios.
Artículo 9 - Obligaciones del operador en caso de desistimiento
1. Si el operador permite que un cliente particular comunique su desistimiento por medios electrónicos, deberá enviar acuse de recibo tras recibir dicha notificación.
2. El operador deberá reembolsar al cliente particular de inmediato cualquier pago, incluidos los costes de envío, que haya cobrado por el producto devuelto, a más tardar 14 días después de la fecha de comunicación del desistimiento por parte del cliente particular. Salvo en aquellos casos en los que el operador se haya ofrecido a recoger el producto por su cuenta, podrá posponer el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el cliente particular demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra antes.
3. A la hora de realizar el reembolso, el operador utilizará la misma forma de pago empleada inicialmente por el cliente particular, salvo que este acepte otra forma. El reembolso no conllevará gastos para el cliente particular.
4. Si el cliente particular optó por un método de envío más caro frente al método estándar más económico, el operador no tendrá la obligación de reembolsar los costes adicionales derivados de dicho método más costoso.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El operador puede excluir el derecho de desistimiento para los siguientes productos y servicios, siempre y cuando informara de ello claramente al proponer su oferta, o al menos con la debida antelación con respecto a la celebración del contrato:
1. Los productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el operador no tiene influencia alguna y que se puedan producir durante el período de desistimiento;
2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Se define como subasta pública un método de venta en el que un operador ofrece productos, contenido digital o servicios en el marco de una subasta, bajo el auspicio de un subastador, y por la que el comprador que se alce con la puja queda obligado a adquirir los productos, contenido digital o servicios;
3. Contratos de servicio, tras cumplir íntegramente el servicio, únicamente si:
a. se inició la ejecución con el consentimiento explícito previo del cliente particular; y
b. el cliente particular declaró haber perdido su derecho de desistimiento en cuanto el operador ejecutó íntegramente el contrato;
4. Paquetes de viaje, paquetes vacacionales y viajes combinados tal y como se mencionan en el artículo 7:500 del CC y contratos sobre el transporte de pasajeros;
5. Contratos de servicio que den acceso a alojamiento, si el contrato estipula ya una fecha o un período de ejecución concretos y es distinto al fin de alojamiento, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y hostelería;
6. Contratos referentes a actividades de ocio, si el contrato estipula ya una fecha o un período de ejecución concretos;
7. Productos fabricados siguiendo las especificaciones del cliente particular, que no estuvieran fabricados previamente y que se elaboraran conforme a una elección o decisión específica de un cliente particular, o destinados claramente a una persona concreta;
8. Productos sujetos a un rápido deterioro o con un período de conservación limitado;
9. Productos sellados que, por motivos relacionados con la salud o la higiene, no sean aptos para su devolución y que se hayan abierto tras su entrega;
10. Productos que, por su naturaleza, se hayan mezclado de manera irremediable con otros productos;
11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrar el contrato pero que no se puedan suministrar hasta pasados 30 días, y cuyo valor real dependa de las fluctuaciones del mercado ajenas al control del operador;
12. Grabaciones selladas de audio/vídeo y aparatos informáticos abiertos tras su entrega;
13. Periódicos y revistas, salvo en caso de suscripciones;
14. La entrega de contenido digital en un medio no físico, pero únicamente si:
a. la entrega se inició con el consentimiento previo y explícito del cliente particular, y
b. el cliente particular aceptó que esto conllevaba que perdiera su derecho de desistimiento.
Artículo 11 - El precio
1. Durante el período de validez expresado en la oferta no se podrán incrementar los precios de los productos o servicios ofrecidos, a excepción de variaciones en los tipos de IVA.
2. Sin perjuicio del apartado anterior, el operador puede ofrecer productos o servicios a precios variables cuando estos estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero ajenas al control del operador. La oferta deberá hacer referencia a esta relación con las fluctuaciones y al hecho de que todos los precios indicados son recomendados.
3. Solamente se permiten aumentos de precio en los tres meses posteriores a la celebración del contrato si se deben a disposiciones o estipulaciones legales.
4. Los aumentos de precio durante más de tres meses tras la celebración del contrato solo se permitirán si el operador así lo indicó y si:
a. se deben a disposiciones o estipulaciones legales; o
b. el cliente particular puede rescindir el contrato en la fecha en que se haga efectivo el aumento de precio.
5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El operador garantiza que los productos o servicios son conformes al contrato, las especificaciones mencionadas en la oferta, los requisitos razonables de fiabilidad o capacidad funcional y las estipulaciones legales o reglamentos gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el operador también garantizará que el producto es adecuado para otra designación distinta a la habitual.
2. Un acuerdo de garantía adicional ofrecido por el operador, fabricante o importador no podrá afectar en ningún caso a los derechos legales y reivindicaciones que pueda invocar un cliente particular frente al operador en virtud del contrato si este último incumple su parte del mismo.
3. Se define como garantía adicional todo compromiso de un operador, su proveedor, importador o fabricante que conceda derechos o acciones al cliente particular más allá de las previstas por la ley, en caso de que incumpla su parte del contrato.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
1. El operador tendrá el máximo cuidado posible a la hora de recibir y procesar pedidos de productos y al valorar solicitudes para la prestación de servicios.
2. Se considerará el lugar de envío la dirección que facilite el cliente particular a la empresa.
3. Teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa tramitará los pedidos aceptados sirviéndolos de manera eficiente, a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se acuerde otro plazo de entrega. En caso de retrasarse la entrega, o si no es posible realizarla, o únicamente en parte, se deberá informar de ello al cliente particular a más tardar 30 días después de realizar el pedido. En este caso, el cliente particular tendrá derecho a rescindir el contrato sin coste, así como a percibir una posible compensación por daños.
4. De rescindirse el contrato en virtud del apartado anterior, el operador deberá reembolsar al cliente particular de inmediato el importe que este hubiera pagado.
5. El riesgo de daño o pérdida de los productos recaerá en el operador hasta el momento de su entrega al cliente particular o a un representante previamente designado por este y que esta sea comunicada al operador, a menos que se haya acordado explícitamente otra cosa.
Artículo 14 - Transacciones de duración ampliada: duración, rescisión y prolongación
Rescisión
1. El cliente particular tiene derecho en todo momento a rescindir un contrato indefinido celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, con arreglo a las condiciones de rescisión y a un período de preaviso que no sea superior a un mes.
2. El cliente particular tiene derecho en todo momento a rescindir un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios al finalizar el período estipulado, con arreglo a las condiciones de rescisión y a un período de preaviso que no sea superior a un mes.
3. En relación con los contratos descritos en los dos primeros apartados, el cliente particular puede:
- rescindirlos en todo momento, sin estar sujeto a rescindirlos en una fecha específica o durante un período concreto;
- rescindirlos por la misma vía que fueron celebrados;
- rescindirlos siempre con arreglo al mismo período de preaviso estipulado para el operador.
Prolongación
4. Un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no se puede prorrogar o renovar de manera automática por un período fijo de tiempo.
5. Contrariamente a lo estipulado en el apartado anterior, es posible prorrogar un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de periódicos o revistas diarios o semanales por un plazo fijo que no supere los tres meses, siempre y cuando el cliente particular pueda rescindir este contrato prorrogado hacia el final de dicha prórroga, con un período de preaviso no superior a un mes.
6. Un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos o servicios solamente se puede prorrogar automáticamente por un período indefinido de tiempo si el cliente particular tiene la capacidad en todo momento de rescindirlo, con un período de preaviso de un mes como máximo y, en caso de un contrato para el suministro de periódicos o revistas diarios o semanales con regularidad pero menos de una vez al mes, un período en ningún caso superior a tres meses.
7. Un contrato de duración determinada para el suministro regular, a modo de introducción, de periódicos o revistas diarios o semanales (suscripciones de prueba o introductorias) no se podrá prorrogar automáticamente y concluirá de manera automática a la conclusión del período de prueba o inicial.
Duración
8. Si el período determinado de un contrato es superior a un año, a la conclusión de dicho plazo el cliente particular podrá rescindirlo en todo momento, con un período de preaviso no superior a un mes, a menos que desde un punto de vista razonable y justo sea inaceptable la rescisión anticipada del mismo.
Artículo 15 - Pago
1. En tanto en cuanto no se estipule otra fecha en el contrato o en las condiciones complementarias, los importes pagaderos por el cliente particular deberán ser satisfechos en un plazo de 14 días tras el inicio del período de desistimiento, o en caso de que este no se contemple, en un plazo de 14 días tras la conclusión del contrato. En el caso de un contrato para la prestación de un servicio, dicho período de 14 días se iniciará en la fecha en que el cliente particular reciba la confirmación del contrato.
2. A la hora de vender productos a clientes particulares, las condiciones generales no pueden estipular en ningún caso un pago anticipado superior al 50 %. En los casos en los que se estipule un pago anticipado, el cliente particular no podrá invocar ninguno de sus derechos relativos a la ejecución del pedido o los servicios en cuestión en tanto en cuanto no se haya realizado el pago anticipado.
3. El cliente particular tiene la obligación de comunicar de inmediato al operador cualquier error en los datos de pago facilitados o indicados.
4. Si un cliente particular incumple sus obligaciones de pago a su debido tiempo, cuando el operador le haya informado sobre el retraso en el pago, el primero dispondrá de 14 días para satisfacer su obligación de pago; en caso de no realizar el pago en este plazo, estará sujeto al pago de los intereses legales sobre la cantidad adeudada y el operador tendrá derecho a repercutir los costes extrajudiciales razonables derivados del cobro en los que haya incurrido. Dichos costes de cobro ascenderán, como máximo a: un 15 % de los importes impagados, con un máximo de 2500 €; un 10 % de los siguientes 2500 €; y un 5 % de los siguientes 5000 €, con un mínimo de 40 €. El operador puede desviarse de estos importes y porcentajes si son favorables al cliente particular.
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
1. El operador tiene previsto un procedimiento de reclamaciones del que informará suficientemente, y deberá tramitar cualquier reclamación conforme a dicho procedimiento.
2. Si un cliente particular observa deficiencias en la ejecución de un contrato, deberá remitir cualquier reclamación al operador sin demora, de manera íntegra y con una descripción clara.
3. Se deberá dar una respuesta a las reclamaciones presentadas al operador en un plazo de 14 días, a partir de la fecha en que se reciban. Si se prevé que una reclamación requerirá un plazo de tramitación más largo, el operador deberá responder antes de 14 días, confirmar que la ha recibido e indicar que se remitirá al cliente particular una respuesta más elaborada.
4. El cliente particular deberá ofrecer al operador un plazo de al menos cuatro semanas para resolver la reclamación de manera conjunta. Una vez transcurrido este plazo, la reclamación se convertirá en un litigio y estará sujeto al sistema de resolución de litigios.
Artículo 17 - Litigios
1. Los contratos celebrados entre un operador y un cliente particular que estén sujetos a las presentes condiciones generales se rigen exclusivamente por el Derecho neerlandés.
Artículo 18 - Estipulaciones adicionales o diferentes
Las estipulaciones adicionales o que difieran de las presentes condiciones generales no pueden redundar en perjuicio del cliente particular y deberán reflejarse por escrito, o de tal forma que el cliente particular pueda conservarlas en un soporte duradero y accesible.
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Países Bajos
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Teléfono: +31 (0)88 1009 676
Apéndice I: Modelo de formulario para el derecho de desistimiento
Modelo de formulario para el derecho de desistimiento (este formulario solamente se debe rellenar y remitir si desea rescindir el contrato)
- Para: [nombre del operador]
[dirección del operador]
[número de fax del operador, si tiene]
[Dirección de correo electrónico o dirección electrónica del operador]
- Por la presente, yo/nosotros* le informo/informamos de que, en relación con el contrato relativo a
La venta de los siguientes productos: [descripción del producto}*
La entrega del siguiente contenido digital: [descripción del contenido digital]*
La prestación del siguiente servicio: [descripción del servicio]*
Yo/nosotros* ejerzo/ejercemos nuestro derecho de desistimiento.
- Pedido el*/recibido el* [fecha en que se pidieron los servicios o se recibieron los productos]
- [Nombre del cliente particular]
- [Dirección del cliente particular]
- [Firma del cliente particular] (solo si el formulario se presenta en papel)
- [Fecha]
*Eliminar o proporcionar información complementaria, según proceda.